El Permiso de Protección de Seguridad Humanitaria

El Permiso de Protección de Seguridad Humanitaria permite a los beneficiarios obtener residencia y permiso de trabajo, y está diseñado para proteger los derechos de los migrantes en situación de vulnerabilidad.

Este permiso es un documento creado por el Gobierno de la República de Panamá para regularizar la situación de los extranjeros que se encuentren de manera irregular en el territorio nacional y hayan permanecido en el país por un período no menor de un año.

Los solicitantes necesitan un abogado panameño para realizar este trámite, ya que uno de los requisitos es presentar la solicitud mediante apoderado legal, lo que implica que deben contar con la asistencia de un abogado.

¿Este permiso de residencia y trabajo es para ti?

El Permiso de Protección de Seguridad Humanitaria está dirigido a cualquier persona extranjera que se encuentre en situación irregular en Panamá y cumpla con los requisitos establecidos, sin restricciones basadas en la nacionalidad.

Podrán optar por este permiso aquellos extranjeros que no fueron admitidos como refugiados ante la Oficina Nacional para la Atención de Refugiados (ONPAR) y que cumplan con los requisitos para aplicar por primera vez.

¿Por cuánto tiempo es válida la residencia y el permiso de trabajo?

Este permiso de protección humanitaria tiene una vigencia de un año a partir de su promulgación en la Gaceta Oficial, la cual tuvo lugar el 11 de mayo de 2025. Esto significa que los solicitantes tendrán la oportunidad de presentar su solicitud hasta el 11 de mayo de 2026. Todos los migrantes en situación irregular que hayan permanecido en Panamá por al menos un año podrán solicitar este permiso.

Tanto la residencia como el permiso de trabajo serán válidos por dos años y podrán renovarse mediante una prórroga de hasta seis años. Al finalizar la prórroga, el solicitante podrá optar por la residencia permanente bajo las condiciones de arraigo, laborales o fiscales.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar el permiso?

Los requisitos para optar por el Permiso de Protección de Seguridad Humanitaria son los siguientes:

  • Poder y solicitud mediante apoderado legal.
  • Dos fotos tamaño carnet, fondo blanco o a color.
  • Completar o actualizar el Pre-Registro Único de Extranjería (RUEX).
  • No tener trámites migratorios vigentes ante el Servicio Nacional de Migración.
  • Copia completa del pasaporte, debidamente notariada.
  • Comprobante de domicilio del solicitante:
    a. Contrato de arrendamiento notariado (con copia de la cédula del arrendatario).
    b. Recibo de servicios públicos.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen, debidamente autenticado o apostillado.
  • Declaración jurada de antecedentes personales.
  • Certificado de salud, expedido por un profesional idóneo.
  • Copia del registro de mano de obra migrante, solicitado ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.
  • En caso de ser menor de edad, el poder notariado debe ser otorgado por ambos padres o tutor legal, acompañado del documento que compruebe el parentesco y la carta de responsabilidad debidamente autenticada o apostillada.
  • Cheque certificado o de gerencia del Banco Nacional, a favor del Servicio Nacional de Migración, por un monto de B/.800.00 en concepto de repatriación.
  • Cheque certificado o de gerencia del Banco Nacional, a favor del Servicio Nacional de Migración, por un monto de B/.250.00 en concepto de servicio migratorio.
  • Pago de B/.100.00 en concepto de carné y visa múltiple por el permiso solicitado.
  • Comprobante de pago emitido por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, por un monto de B/.100.00, en concepto de Permiso de Trabajo.

¿Cuáles son los costos asociados al permiso?

El desglose del trámite comprende dos categorías: mayores de edad y menores de edad, además del costo del permiso de trabajo.

Trámite para mayor de edad

  • B/.250.00 – Costo por servicio migratorio
  • B/.100.00 – Carnet y visa múltiple
  • B/.800.00 – Repatriación (no reembolsable)
  • B/.100.00 – Permiso de trabajo (Tesoro Nacional)
  • Total: B/.1,250.00

Trámite para menor de edad

  • B/.100.00 – Carnet y visa múltiple
  • Total: B/.100.00

En el caso de los menores de edad, para solicitar el Permiso de Protección de Seguridad Humanitaria, se deberá contar con la autorización notariada de ambos padres o del padre con custodia, comprobando el vínculo de parentesco.

Al cumplir la mayoría de edad, el solicitante podrá optar por un permiso de trabajo, que deberá ser tramitado ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, cumpliendo con los siguientes requisitos:

  • Poder y solicitud mediante apoderado legal.
  • Registro de filiación de mano de obra migrante.
  • Certificación de estatus migratorio, donde conste que el solicitante posee el permiso de protección de seguridad humanitaria.
  • Copia autenticada por notario del carné de residencia de protección de seguridad humanitaria.
  • Copia de las generales del pasaporte y sello de RUEX.

Prórroga del Permiso de Protección Humanitaria

Toda persona extranjera que haya obtenido este permiso, transcurridos dos años, podrá optar por una prórroga de seis años y, posteriormente, solicitar la residencia permanente.

Requisitos para la prórroga de 6 años

  • Poder y solicitud mediante apoderado legal.
  • Dos fotos tamaño carnet, fondo blanco o a color.
  • Copia completa del pasaporte, debidamente notariada.
  • Comprobante de domicilio del solicitante:
    a. Contrato de arrendamiento notariado (copia de cédula del arrendatario).
    b. Recibo de servicios públicos.
  • Copia actualizada del registro de mano de obra migrante.
  • Declaración de antecedentes personales.
  • Certificado de salud, expedido por un profesional idóneo.
  • Historial de antecedentes penales y policivos, emitido por la Dirección de Investigación Judicial de la Policía Nacional de Panamá, siempre y cuando el solicitante no haya salido del país por más de 30 días.
  • Ficha de seguro social, que compruebe que la persona está cotizando en la Caja de Seguro Social, o Declaración de Renta con su respectivo comprobante de pago.
  • Cheque certificado o de gerencia del Banco Nacional, a favor del Servicio Nacional de Migración, por B/.250.00 en concepto de servicio migratorio.
  • Pago de B/.100.00 en concepto de carné y visa múltiple.
  • Comprobante de pago de B/.100.00, emitido por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, en concepto de Permiso de Trabajo.

Costos de la prórroga

Mayores de edad
  • B/.250.00 – Costo por servicio migratorio
  • B/.100.00 – Carnet y visa múltiple
  • B/.100.00 – Permiso de trabajo (Tesoro Nacional)
  • Total: B/.450.00
Menores de edad
  • B/.100.00 – Carnet y visa múltiple
  • Total: B/.100.00

¿Qué hacer en caso de pérdida del pasaporte o carné de residencia?

Si el pasaporte se extravía, se debe presentar una denuncia de pérdida ante la Dirección de Investigación Judicial o el Ministerio Público, junto con una certificación del consulado correspondiente.

Si se pierde el carné de residencia, los costos del duplicado serán:

  • Primera vez: B/.100.00
  • Segunda vez: B/.200.00
  • Tercera vez: B/.300.00

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